San Martín II

Condominio Campestre

Tenencia responsable de mascotas

Recomendaciones de convivencia, bosal, correa y censo de animales de manejo especial.

Ir al censo / trámites

1. Marco normativo

La tenencia de animales de compañía en el condominio se rige por el reglamento interno de propiedad horizontal y, en lo aplicable, por la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia) y normas complementarias sobre bienestar animal y convivencia ciudadana.

Este documento resume recomendaciones operativas para residentes. No sustituye asesoría jurídica ni el texto íntegro de la ley o del reglamento interno.

2. Tenencia responsable

  • Identificar al animal (nombre, especie, raza cuando aplique) y a su responsable en el lote.
  • Mantener vacunación y control veterinario al día según la especie.
  • Evitar ruidos excesivos, olores y agresiones que afecten a vecinos o áreas comunes.
  • Recoger y disponer adecuadamente los desechos en zonas comunes y en el parque de mascotas.
  • No abandonar animales ni dejarlos sin supervisión prolongada en áreas comunes.

3. Circulación en áreas comunes

  • Usar correa (o medio de sujeción equivalente) en zonas comunes, salvo espacios expresamente habilitados.
  • Para perros de manejo especial o potencialmente peligrosos, usar bosal / bozal además de la correa, conforme a la normativa y al reglamento.
  • Respetar horarios y aforo del parque de mascotas y demás amenidades.
  • No ingresar animales a zonas donde el reglamento lo prohíba (p. ej. piscina, salones).

4. Animales de manejo especial

Quienes tengan animales de manejo especial o potencialmente peligrosos deben:

  • Registrarlos en el censo de mascotas del portal de trámites (foto, responsable y uso de bosal).
  • Garantizar medidas de contención y seguridad hacia terceros.
  • Informar de inmediato a la administración ante incidentes de agresión o escape.

5. Convivencia y reportes

Las quejas por tenencia inadecuada, agresiones o incumplimiento del reglamento pueden canalizarse ante la administración (representantelegal@sanmartin2.com) o mediante un trámite en /tramites. La vigilancia podrá solicitar identificación del responsable cuando el animal circule sin control en áreas comunes.

Referencia informativa alineada a la Ley 1801 de 2016 y al reglamento interno. En caso de conflicto, prevalecen la norma aplicable y las decisiones de la administración / consejo.